Histórico fallo de Corte Suprema: Empresas no pueden reemplazar durante la huelga con traslado de personal

En fallo dividido (causa rol 3514-2014), la Cuarta Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Juan Eduardo Fuentes, Ricardo Blanco y Carlos Cerda; además de los abogados (i) Arturo Prado y Raúl Lecaros– rechazó la acción judicial presentado en el juicio por tutela laboral entablado entre el sindicato de trabajadores y la empresa Promolinks S.A., por prácticas antisindicales. 

Según el fallo de la Corte Suprema, el derecho a huelga de los trabajadores –tanto en la legislación nacional como internacional– es de carácter irrenunciable y con expresa prohibición de legislar para abolirlo. “Lo rescatable viene siendo la constatación de una tendencia histórico-normativa hacia la plena reafirmación de la huelga como principio básico del catálogo de derechos económicos sociales y culturales y como prerrogativa irrenunciable del derecho laboral, aunque por sí solo este elemento hermenéutico no nos aporte de manera determinante en punto a la legitimidad del reemplazo en las circunstancias inicialmente descritas”, sostiene el fallo.

 En la legislación chilena actual el artículo 381 del Código del Trabajo, permite el reemplazo durante la huelga, siempre que se estipule en la última oferta del empleador, y con el posterior pago de 4UTM por trabajador reemplazado al sindicato. Pero esta regulación no habla del caso específico que plantea este fallo. A propósito de eso, los disidentes dicen: “debe entenderse que lo que la ley impide –salvo en las condiciones excepcionales que ella misma regula– es la contratación de nuevos trabajadores para desempeñar las funciones de aquéllos que han declarado la huelga y no la reasignación de funciones”.

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