Reforma Laboral: Revisa los requisitos que permitirán trabajar 4 días y descansar 3
La jornada laboral no podrá exceder las 12 horas.
Por: www.radioagricultura.cl
El 1 de abril comienza a regir en nuestro país la Reforma Laboral que fue aprobada el año pasado y con ello se comenzarán a aplicar algunos cambios para los trabajadores. Uno de los puntos más destacados de la nueva legislación tiene relación con que será posible trabajar cuatro días y descansar tres.
Es decir, existe la posibilidad que las 45 horas semanales que debe cumplir el trabajador ya no sean distribuidas únicamente en cinco días, sino que también en una jornada menos (4). Esto se encuentra planteado en parte del título VI “De los pactos y condiciones especiales de trabajo” de la reforma, donde el artículo 375 asevera que “las partes podrán acordar que la jornada ordinaria semanal de trabajo se distribuya en cuatro días”.
Pero, ahí mismo se hace una aclaración “la jornada no podrá exceder de doce horas diarias de trabajo efectivo, incluidas la jornada ordinaria, extraordinaria y los descansos. Si la jornada de trabajo supera las diez horas, deberá acordarse una hora de descanso imputable a ella”.
Para poder optar a esto se debe cumplir con algunos requisitos, como que solamente podrá existir en “aquellas empresas que tengan una afiliación sindical igual o superior al 30% del total de sus trabajadores”, y podrá acordarse de forma directa y sin sujeción a las normas establecidas o reglamentadas en la negociación colectiva.
En relación a la aprobación del acuerdo se plantea que “por parte del sindicato se sujetará a las disposiciones que establezcan sus estatutos y si estos nada dicen, se aprobarán por mayoría absoluta, en asamblea convocada al efecto y ante un ministro de fe”. El acuerdo tiene un límite de aplicación de tres años.
Mientras que, a los trabajadores no sindicalizados que quieran optar al pacto se les solicitará un consentimiento por escrito.
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