Informe de Derechos Humanos de la UDP cuestiona duramente el proyecto de Reforma Laboral
La decimotercera versión del Informe Anual sobre Derechos Humanos en Chile, que elabora el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales, fue presentada a la prensa por su directora, Judith Schönsteiner y el editor general del mismo Tomás Vial, ambos académicos e investigadores de la Facultad de Derecho UDP. A los largo de 10 capítulos, se revisa el estado de los derechos humanos en el país de acuerdo a los estándares internacionales y los compromisos adquiridos por Chile en esta materia, en aquellos aspectos conflictivos de la vida social considerados de particular gravedad por su carácter estructural, o que no han sido destacados con anterioridad. Asimismo, en cada uno de ellos se efectúan recomendaciones al Estado de Chile en relación a la materia específica.
Entre las materias que se abordaron en esta versión del informe está el proyecto de Reforma Laboral que impulsa el gobierno y que ha sido cuestionada. El estudio habla de los derechos de los trabajadores y en esa línea critica duramente el texto que se discute en el Congreso y que tiene amplia resistencia tanto desde los empresarios como de organizaciones sindicales.
El proyecto, "no transforma el sistema de relaciones laborales vigente, sino que al contrario: profundiza el intervencionismo estatal en las relaciones colectivas de trabajo; agudiza la construcción de un sindicalismo débil sin intervención social y política; coarta y frena el ejercicio de la libertad sindical, y, en definitiva, mantiene el modelo impuesto por el Plan Laboral de la dictadura, perpetuando las brechas de desigualdad, económica y social, existentes en el país”.
En otro ámbito el informe advierte sobre la crítica situación de los adultos mayores en la sociedad chilena. “Existe una débil institucionalidad para la protección de los adultos mayores y, por consiguiente, el país no se ha preparado para enfrentar el envejecimiento poblacional”. Entre otras medidas, se propone la elaboración de un Plan Nacional sobre el adulto mayor, con el objeto de entregar directrices y coordinar las diversas acciones estatales (y municipales), además de otras acciones que apuntan al fortalecimiento de la institucionalidad estatal en la materia.
Por otra parte, el capítulo “La tortura en Chile: estado actual desde la reforma procesal penal”, denuncia que en Chile se producen “de manera más menos extendida”, dos formas de tortura. Aquella judicial, “como herramienta procesal, practicada por funcionarios ligados al sistema de justicia criminal, y la ejercida por miembros de Gendarmería, que preferentemente adopta la forma de castigo, suplicio o represión”.
Entre otras medidas, se recomienda elaborar un procedimiento común y estandarizado vinculante para todas las instituciones del sistema penal, que señale cómo se debe actuar y reaccionar ante una denuncia de tortura, que en el caso de Gendarmería “subsiste en el tiempo, junto con el casi nulo enfrentamiento institucional que ha tenido por parte de las autoridades competentes”. Junto con ello se señala que, “no es admisible que civiles víctimas de apremios por parte de funcionarios públicos sean derivados a la justicia militar, por lo que se debe disponer de una norma que, sin excepción, determine que la competencia, en este tipo de casos, es de la justicia civil”.
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