Corte de Apelaciones de Santiago rechazó recurso de grupo negociador


Por: 4 Ojos Comunicaciones.


Es segunda vez desde la implementación de la Reforma Laboral, que el tribunal de alzada se pronuncia respecto a un instrumento colectivo celebrado con grupos negociadores.



La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago desestimó el recurso de protección presentado por 37 trabajadores que conforman el grupo negociador de la Empresa Tubos y Plásticos Tigre -ADS de Chile Limitada y que solicitaba dejar sin efecto la negativa de la Inspección Comunal del Trabajo (ICT) Norte Chacabuco, en cuanto a registrar el instrumento colectivo suscrito con la empresa.

Este hecho, invalida cualquier convenio que se firme entre un grupo negociador y la empresa, estableciendo únicamente la legitimidad de convenios colectivos acordados por los sindicatos y su contraparte.

En su edición del pasado 17 de febrero, La Tercera consigna que la sentencia de la Corte, estima que el accionar de la ICT Norte de no registrar el acuerdo entre este grupo negociador y la empresa como un contrato colectivo legal “no contiene arbitrariedad ni ilegalidad, sino por el contrario este se encuentra dictado con apego a la legislación vigente (…). Además, al no constituir el instrumento o acuerdo del grupo de trabajadores un instrumento colectivo, no corresponde a la Inspección registrarlo”.

La Corte agrega que el instrumento que se pretendía registrar no se rigió por ninguna de las normas mínimas del Libro IV (Código del Trabajo). “Además, el registro en sí mismo no produce ningún efecto jurídico, por cuanto los derechos, obligaciones y limitaciones de la negociación colectiva tienen su origen en el propio Libro IV, por lo que no estima vulneradas ninguna de las garantías constitucionales que invocan los recurrentes”.

Frente a la sentencia, la DT manifestó que “la Corte de Apelaciones desestimó el recurso presentado por el grupo de trabajadores estimando que la actuación de la DT no es arbitraria ni ilegal”.

La Tercera sostiene que si bien esta noticia sería positiva para los sindicatos que entre sus demandas históricas han levantado la de terminar con los grupos negociadores, el dictamen igualmente queda en una zona de “incertidumbre” para próximas sentencias. Esto porque hace sólo dos meses la misma Corte de Apelaciones había dictaminado totalmente lo contrario.

El 6 de diciembre pasado la 12° Sala del tribunal de alzada de Santiago acogió un recurso de protección ingresado por un grupo de trabajadores de la firma Servicios Generales Maper Limitada, que obligó a la Dirección del Trabajo a registrar el instrumento colectivo celebrado entre la firma y dicho grupo negociador, conformado por 13 trabajadores.

En dicha ocasión, la misma ICT Norte se negó a registrar tal instrumento, argumentando que “la Ley 20.940 (Reforma Laboral) no contempla norma alguna que establezca o permita establecer modalidad o procedimiento de la negociación colectiva que puedan practicar aquellos trabajadores agrupados para estos efectos”.

Consultado por La Tercera, Juan Vergara, asesor sindical y miembro de Prosindical, indicó que la diferencia de criterios de ambos dictámenes “se explica porque lo que resuelva una Sala no es vinculante para otra. En lo casuístico, la decisión sobre una materia varía conforme cambian los magistrados que deben abordarla”. Para el asesor aquí radica el problema de fondo: “el choque de visiones muy conservadoras con otras más progresistas sobre el Derecho Colectivo del Trabajo y el rol que deben tener los sindicatos en el modelo de relaciones laborales, en el contexto de una sociedad democrática”, subraya.

Advierte también, que en la reforma laboral existen vacíos para determinar la legitimidad de los instrumentos colectivos celebrados por los grupos negociadores. “Debido al recorte que hizo el Tribunal Constitucional (a la Ley), efectivamente tenemos algunas disposiciones que hablan de grupos negociadores y acuerdos de grupo negociador, pero sin que exista una sola norma que disponga cómo se deben constituir y negociar, a diferencia de lo que existía antes”, sostuvo Vergara.

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