Empresas de la construcción están segundas en ranking de fatalidad

Programa de la Dirección del Trabajo fiscalizará a 550 empresas de la construcción. Este pretende mejorar el cumplimiento legal en aspectos laborales, previsionales y, especialmente, de higiene y seguridad. Se extenderá hasta el 9 de octubre.
Durante el año pasado 46 obreros de la construcción perdieron la vida en plena faena, situando a este sector como el segundo en el ranking de fatalidades encabezado por el transporte, con 68 decesos.
Las estadísticas de la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) informan que con tal número de fallecimientos, la tasa de fatalidad de la construcción es del 18 por cada 100 mil accidentes.
Pese a que se trata de una actividad esencialmente riesgosa y sus índices de accidentabilidad siguen siendo altos, desde 2006 hasta la fecha dichas tasas cayeron en cuatro puntos, situándose hoy en el 4,6 por ciento.
El esfuerzo de las empresas del sector vigilado y asesorado constantemente por la Dirección del Trabajo (DT) ha influido en este mejoramiento.
Aunque las fiscalizaciones son continuas en respuesta a denuncias de trabajadores y sindicatos, la DT mantiene paralelamente un programa de fiscalización anual en comunión con la Ley N°20.123 que desde 2006 regula el trabajo en régimen de subcontratación y servicios transitorios.
Este programa especial se concentra en las empresas principales, contratistas y subcontratistas que están ejecutando obras de construcción como excavaciones, túneles, movimientos de tierra, construcción de pilas de socalzado, obra gruesa y trabajo en altura.
Este año el plan se activó este 1 de agosto con una fase de difusión entre las empresas del sector y se prolongará hasta el 9 de octubre próximo.
En total, serán 550 las empresas fiscalizadas en todo el país entre el 11 de este mes y el 9 de septiembre bajo la modalidad de asistencia al cumplimiento.
Esto significa que a las empresas sorprendidas en infracción se les da un plazo de corrección de 30 días corridos cuyo cumplimiento deja sin efecto la aplicación de la sanción.
Esta lógica correctiva solo será inviable y obligará a la suspensión inmediata de faenas cuando la fiscalización constate en terreno el riesgo inminente para la salud y vida de los trabajadores.
Tal situación se configura en los siguientes casos: que no haya agua potable, los andamios no cuenten con barandas protectoras o no estén amarrados a la estructura, los conductores eléctricos se encuentren sobre superficies con agua y los trabajadores que laboren al borde de excavaciones superiores a un metro y medio de profundidad o que lo hagan en altura no estén sujetos por tipos de arnés específicos para cada caso.
El director del Trabajo, Christian Melis, explicó que con los plazos de corrección antes de la aplicación de multas “pretendemos incentivar en el empleador un cambio conductual sostenido en el tiempo dado los riesgos que entraña el trabajo de la construcción”.
Esta lógica del cambio conductual, sostuvo, ha permitido una paulatina mejoría a lo largo de los años, alcanzándose en el último tiempo una tasa de cumplimiento final en torno al 90 por ciento versus la infraccionalidad detectada en la primera visita a las obras.
En el programa de este año el plazo de acreditación de las faltas corregidas se prolongará entre el 9 de septiembre y el 9 de octubre.
A las empresas principales se les controlará la protección, seguridad y salud en el trabajo de los trabajadores propios y subcontratados. En el caso de las empresas secundarias, la entrega y uso correcto de elementos de protección personal.
Fuente: http://sindical.cl/new/2016/08/03/empresas-de-la-construccion-estan-segundas-en-ranking-de-fatalidad/

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